¡Miren lo que sucedió en el CDH 49!

Published on April 04, 2022

¿Se lo perdieron? ¡Miren lo que sucedió en el CDH 49!

La sesión 49° del Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la ONU se desarrolló del 28 de febrero al 1 de abril. A continuación encontrarán información acerca de algunas de las principales cuestiones relacionadas con derechos sexuales en:

  • Resoluciones
  • Mesas redondas
  • Intervenciones orales

Noticias destacadas

  • Evento paralelo: Un balance de la educación sexual integral durante la pandemia de COVID-19

SRI y las organizaciones que se sumaron para este evento organizaron una conversación con una variedad de actores comprometides con garantizar el acceso a la educación sexual integral (ESI), analizar su importancia y el impacto que tuvo la pandemia de COVID-19 sobre ella y sobre cuestiones de SDSR relacionadas con ella, además de compartir estrategias a futuro.

En este evento se subrayaron desafíos, lecciones aprendidas y prácticas promisorias para la implementación de la ESI desde perspectivas de sociedad civil, mecanismos de derechos humanos de la ONU, gobiernos y agencias de la ONU.

Aquí pueden mirar una grabación del evento y también podrán leer más acerca de él en la sección Eventos paralelos de la SRI que se encuentra debajo.

Resolución sobre los derechos de las personas con discapacidad

Participación de las personas con discapacidad en el deporte, y estadísticas y recopilación de datos

A/HRC/49/L.21 con revisiones orales

Liderada por Nueva Zelanda y México, con el auspicio de otros 44 países al 1 de abril de 2022, esta resolución se adoptó por consenso.

La resolución se centra en la participación de las personas con discapacidad en el deporte, y también aborda las estadísticas y la recopilación de datos, dando seguimiento a dos informes temáticos de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) sobre esta problemática. La resolución también solicita a la ACNUDH que prepare un estudio (que deberá ser presentado al Consejo en su 52° sesión de marzo 2023) sobre los sistemas de apoyo para garantizar la inclusión en la comunidad de las personas con discapacidad, entre otras cosas como medio para construir un futuro mejor tras la pandemia de COVID-19, y que decida centrar su próximo debate interactivo anual sobre los derechos de las personas con discapacidad en esta misma temática. También le requiere a la ACNUDH que posteriormente prepare un estudio sobre buenas prácticas de los sistemas de apoyo que permiten la inclusión en la comunidad de las personas con discapacidad (que deberá ser presentado al Consejo en su 55° sesión de marzo 2024), que será también el tema del debate anual del Consejo sobre los derechos de las personas con discapacidad a celebrarse en la misma sesión. Además, la resolución le solicita a la ACNUDH que informe sobre la aplicación de la Estrategia de las Naciones Unidas para la Inclusión de la Discapacidad durante las sesiones 53° y 56° del Consejo (junio de 2023 y junio de 2024)

La resolución expresa su preocupación por el impacto desproporcionado de la pandemia de COVID-19 en las personas con discapacidad así como por los impactos del cambio climático en mujeres y niñas con discapacidad. Reafirma la necesidad de incorporar la perspectiva de género y adoptar medidas que sean inclusivas de la discapacidad para hacer frente a las formas múltiples, agravadas e interseccionales de discriminación, incluidos el capacitismo y el edadismo. En el contexto del deporte, la resolución expresa preocupación por las formas múltiples, agravadas e interseccionales de estigmatización y discriminación así como la exclusión, la violencia sexual y de género que enfrentan las mujeres y niñas con discapacidad.

En un principio la Federación Rusa había presentado 8 enmiendas a esta resolución con el propósito de eliminar referencias a medidas «que respondan a las cuestiones de género»; incorporar párrafos lamentando la negativa a permitir la participación de atletas con discapacidad en eventos deportivos y exhortando a que se organicen eventos deportivos conciliadores y que busquen la unidad sin discriminación; reemplazar «género»  por «sexo» en el contexto de la recolección de datos; incorporar la «orientación apropiada»  por parte de madres, padres o personas que tengan su custodia legal como requisito para la participación de niñes con discapacidad en la toma de decisiones; agregar  «atención a la»  antes de «salud»  entre los contextos en los que el uso indebido de grandes datos puede llevar a que se produzcan violaciones a los derechos humanos; y restringir el alcance de un párrafo sobre los mayores beneficios en términos de derechos humanos del cifrado y el anonimato para las personas con discapacidad en comparación con la población en general. Todas las enmiendas fueron retiradas luego de que la mayoría de los cambios propuestos fueran incorporados al texto mediante revisiones orales.

Aquí pueden mirar la discusión,  adopción y explicaciones del voto  sobre las resoluciones del tercer punto de la agenda, incluyendo esta. (En el canal digital de la ONU para escuchar el audio en castellano, por favor pulsar el ícono del mundo y seleccionar allí el idioma)

Aquí pueden leer la resolución

Resolución sobre la promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales en el contexto de la lucha contra las desigualdades en la recuperación de la pandemia de COVID-19

A/HRC/49/L.28 con revisiones orales

Liderada por China, Bolivia, Egipto, Pakistán y Sudáfrica y con el auspicio de otros 66 países al 1 de abril de 2022, esta resolución fue adoptada mediante votación con 31 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones.

La resolución solicita que se organice una reunión técnica de tres días de duración antes del 52° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos (marzo de 2023) para estudiar «formas prácticas de mejorar y fortalecer la labor del Consejo de Derechos Humanos y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en lo relativo a la promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales en el contexto de la lucha contra las desigualdades en la recuperación de la pandemia de COVID-19, en particular defendiendo el alivio de las cargas económicas, la equidad en materia de vacunas, la eliminación de los impedimientos estructurales y la elaboración de programas de asistencia técnica destinados a mejorar la creación de capacidad de los Estados, especialmente los Estados en desarrollo y menos adelantados», facilitada por una persona experta designada por la Presidencia del Consejo de Derechos Humanos en consulta con los grupos regionales. Después de esa reunión técnica, la resolución solicita a la Alta Comisionada que en la sesión 54° del Consejo (septiembre de 2023), presente un informe sobre los planes de la Oficina para reforzar su labor en esta área, seguido de un diálogo interactivo sobre el tema.

La resolución expresa su preocupación por el impacto negativo de la pandemia de COVID-19 en una amplia gama de derechos humanos, inclusive en las mujeres y las niñas, así como por la exacerbación de las desigualdades existentes dentro de los Estados y entre ellos. Llama a incrementar la cooperación internacional en apoyo de los Estados que soportan de forma desproporcionada las repercusiones socioeconómicas de la pandemia; a reforzar la solidaridad internacional; y a que se tengan en cuenta las cuestiones de género en la respuesta a la COVID-19 y la recuperación posterior, con acceso oportuno, equitativo y sin trabas a medicamentos, vacunas, diagnósticos y tratamientos inocuos, asequibles, eficaces y de calidad. Cabe destacar que la resolución alienta a las instituciones financieras internacionales a abstenerse de imponer políticas y programas de austeridad que puedan obstaculizar el disfrute y la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales.

Francia presentó una enmienda a nombre de la Unión Europea buscando eliminar la solicitud de que el informe de la ACNUDH sobre la reunión técnica fuera preparado en consulta con la persona experta designada por la Presidencia del CDH para presidir dicha reunión. Esta enmienda fue retirada cuando ese cambio se integró al texto a modo de revisión oral.

Aquí pueden mirar la discusión, adopción y explicaciones del voto sobre las resoluciones del tercer punto de la agenda, incluyendo esta.

Aquí pueden ver los resultados de la votación.

Aquí pueden leer la resolución

Resolución sobre el acceso a vacunas para hacer frente a la pandemia de COVID-19

Asegurar el acceso equitativo, asequible, oportuno y universal de todos los países a las vacunas para hacer frente a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19)

A/HRC/49/L.32

Liderada por Azebaiyán en nombre del Movimiento de Países No Alineados y por Ecuador, esta resolución fue adoptada por consenso.

Esta resolución da continuidad a la resolución de 2021, a la que actualiza, y al reciente informe de la Alta Comisionada sobre el mismo tema. Expresa suma preocupación por la disparidad existente entre los países en desarrollo y los países desarrollados en cuanto a la distribución y administración de las vacunas para hacer frente a la pandemia de COVID-19. Llama a hacer frente a las desigualdades sanitarias en los países y entre ellos así como a abordar los determinantes sociales, económicos y ambientales de la salud, poniendo énfasis en la importancia de la cooperación internacional y de un multilateralismo eficaz para que todos los Estados tengan un acceso asequible, oportuno, equitativo y universal a las vacunas para hacer frente a la pandemia de COVID-19. Toma nota de las orientaciones publicadas por los órganos creados en virtud de tratados y  los procedimientos especiales. La resolución también reconoce que la pandemia agrava desigualdades existentes y tiene efectos desproporcionados en las mujeres y las niñas, que incluyen el aumento de la incidencia de la violencia doméstica y la interrupción en el acceso a (los servicios de) salud sexual y reproductiva, y recalca la necesidad de adoptar un enfoque de la recuperación que tenga en cuenta las cuestiones de género. También reconoce el capacitismo y las barreras y mayores tasas de mortalidad que registran las personas con discapacidad durante la pandemia.

Es importante destacar que exhorta a los estados a que «eliminen los obstáculos injustificados que generan una distribución desigual en el acceso a las vacunas contra la COVID-19 en los países desarrollados y los países en desarrollo, y a que promuevan una distribución mundial de las vacunas y el acceso universal a ellas»; a que «favorezcan la desvinculación del costo de las nuevas actividades de investigación y desarrollo de los precios de los medicamentos, vacunas y pruebas diagnósticas»; y los insta a que «faciliten la producción, el comercio, la adquisición y distribución de las vacunas contra la COVID-19 como un elemento crucial de su respuesta a la pandemia». Reafirma el derecho de los Estados a utilizar las flexibilidades que prevé el Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) y a interpretar la Declaración de Doha de una manera que facilite el acceso a los medicamentos para todas las personas. También exhorta a todos los actores, otros asociados y donantes a que aporten fondos con urgencia y reduzcan el déficit de financiación del Acelerador del Acceso a las Herramientas contra la COVID-19 y sus mecanismos, como el Mecanismo COVAX para el Acceso Mundial a las Vacunas contra la COVID-19. La resolución insta a todos los Estados a que se abstengan de adoptar medidas económicas, financieras o comerciales que puedan afectar negativamente al acceso equitativo, asequible, justo, oportuno y universal a las vacunas para hacer frente a COVID-19, en particular en los países en desarrollo.

Por último, encomienda un informe a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos sobre las consecuencias para los derechos humanos, las buenas prácticas y los principales desafíos en el acceso asequible, oportuno, equitativo y universal a las vacunas contra la COVID-19 y la distribución de vacunas de calidad, seguras, eficaces y asequibles, así como su impacto sobre el derecho a la salud, a ser presentado en la 52° sesión del Consejo (marzo 2023) seguido de un diálogo interactivo que tendrá lugar durante la misma sesión y precedido por la presentación verbal de información actualizada durante la 51° sesión (septiembre de 2022).

Pueden mirar la discusión, adopción y explicaciones del voto sobre las resoluciones del tercer punto de la agenda, incluyendo esta.

Aquí pueden leer la resolución

Resolución sobre el derecho a la vivienda

La vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, y el derecho de no discriminación a este respecto

A/HRC/49/L.35

Liderada por Alemania, Brasil, Finlandia y Namibia, con el auspicio de otros 32 Estados al 31 de marzo de 2022, esta resolución se centra en el derecho de no discriminación en el contexto de la vivienda. Se hace eco de los informes del Relator Especial sobre el derecho de no discriminación y sobre segregación espacial y expresa su preocupación acerca de las viviendas deficientes y la falta de hogar que sufren muchas personas, especialmente las que enfrentan formas múltiples e interseccionales de discriminación, así como acerca del impacto de la pandemia de COVID-19 sobre el derecho a una vivienda adecuada.

Cabe destacar que expresa su profunda preocupación por la discriminación que afecta a las mujeres en cuanto a la seguridad de la tenencia, con independencia de su situación familiar o relacional; su acceso al crédito, las viviendas de bajo costo, las hipotecas, la propiedad de la vivienda y la vivienda de alquiler; así como su acceso inmediato a alojamientos de emergencia en situaciones de violencia doméstica. También alienta a los Estados a adoptar medidas que hagan frente al racismo sistémico «sin limitarse a considerarlo la suma de una serie de actos individuales» y expresa su profunda preocupación acerca de que a menudo las personas con discapacidad carecen de acceso a una vivienda adecuada. La resolución reconoce el impacto del cambio climático, la financierización y la especulación inmobiliarias sobre este derecho.

Insta a los Estados a que consideren la posibilidad de adoptar medidas especiales para evitar los desalojos provocados por las consecuencias económicas de la pandemia, y a garantizar el derecho de las mujeres a la vivienda, inclusive mediante su acceso en pie de igualdad a créditos, hipotecas, propiedad de la vivienda y la vivienda de alquiler, propiedad y herencia, así como a asegurar que sus viviendas estén protegidas contra la violencia. La resolución también llama a los Estados a prevenir y eliminar todas las formas de violencia, entre ellas la violencia sexual y de género, y a eliminar la legislación que tipifica como delito la falta de hogar. Los insta a prohibir todas las formas de discriminación, en particular el racismo, por parte de entidades públicas y privadas, entre ellas los proveedores de vivienda y crédito, así como a vigilar y abordar todas las formas de racismo sistémico y otras formas de discriminación en cuanto a la vivienda, incluyendo la segregación espacial.

Aquí pueden mirar la discusión y la adopción en el canal de televisión digital de la ONU.

Aquí pueden leer la resolución

Resolución sobre personas que defienden los derechos humanos

Reconocimiento de la contribución de los defensores de los derechos humanos, incluidas las defensoras de los derechos humanos, en las situaciones de conflicto y posconflicto, al disfrute y la efectividad de los derechos humanos

A/HRC/49/L.9

Liderada por Noruega y con el auspicio de otros 22 Estados al 1 de abril de 2022, esta resolución fue adoptada por votación con 39 Estados a favor y 8 abstenciones. La Federación Rusa pidió la votación.

La resolución reconoce las dimensiones interseccionales de las violaciones cometidas contra las defensoras de los derechos humanos, y condena la violencia, criminalización y todas las demás violaciones a los derechos humanos contra las personas que defienden los derechos humanos. Reafirma el derecho de toda persona a acceder sin trabas a los mecanismos de derechos humanos de la ONU, y exhorta a los Estados a que creen leyes y políticas exhaustivas, que tengan en cuenta las cuestiones de género  y edad, para proteger a las personas que defienden derechos. Expresa su preocupación por la discriminación, la marginación económica, la violencia y el acoso sistémicos y estructurales a que se enfrentan de manera desproporcionada las defensoras de los derechos humanos, como la violencia sexual y de género, las campañas de difamación y desprestigio. La resolución exhorta a crear un entorno propicio para la participación plena, igualitaria y significativa de, entre otras, mediadoras, mujeres de organizaciones de la sociedad civil, mujeres que se dedican a la consolidación de la paz y defensoras de los derechos humanos, en actividades relacionadas con la prevención y la solución de conflictos, la mediación, la reconstrucción posconflicto, el establecimiento y la consolidación de la paz. También exhorta a los Estados a que adopten un enfoque centrado en las personas supervivientes para afrontar, prevenir y combatir la violencia sexual y de género, incluida la violencia sexual relacionada con los conflictos, y las amenazas de esa violencia, en particular contra las defensoras de derechos humanos, las periodistas y las mujeres que se dedican a la consolidación de la paz, así como las trabajadoras de la salud.

Aquí pueden mirar la discusión y la adopción en el canal de televisión digital de la ONU.

Pulsen aquí para ver los resultados de la votación.

Aquí pueden leer la resolución

Resolución sobre los derechos de les niñes

Derechos del niño: efectividad de los derechos del niño y reunificación familiar

A/HRC/49/L.29 con revisiones orales

Liderada por Uruguay en nombre de GRULAC y por Francia en nombre de la Unión Europea, la resolución se centra en los derechos de les niñes y la reunificación familiar.

La Federación Rusa presentó 12 enmiendas, 9 de las cuales fueron retiradas y otras 3 rechazadas en votación.

La resolución exhorta a los Estados a «garantizar el respeto, protección y efectividad de los derechos del niño sin discriminación  de ningún tipo; evitar la separación de la familia, y garantizar que el interés superior del niño sea una consideración primordial en la reunificación familiar, entre otros en el contexto de la migración trasnfronteriza». Insta a los Estados a adoptar medidas para eliminar «los obstáculos que impiden que los procedimientos de reunificación familiar sean eficientes, transparentes, estén adaptados a los niños y tengan en cuenta la edad, la discapacidad y el género», y que la insuficiencia de recursos financieros no sea un impedimento. Insta a los Estados a «garantizar el derecho a la salud, que incluye la salud sexual y reproductiva y la salud psicosocial, para todos los niños, así como a prevenir, responder y eliminar todas las formas de violencia, incluida la violencia sexual y de género y la violencia doméstica, y todas las formas de explotación y abandono y las prácticas nocivas como el matrimonio infantil, precoz y forzado y la mutilación genital femenina».

La resolución solicita a la Alta Comisionada que elabore un informe sobre «los derechos del niño»  y la protección social inclusiva, a ser presentado en la 54° sesión del Consejo de Derechos Humanos (septiembre de 2023). También solicita que la próxima reunión anual sobre esta temática que tendrá lugar en 2023 esté dedicada al tema de «los derechos del niño y el entorno digital»  y la que se realizará en 2024 al tema de «los derechos del niño y la protección social inclusiva».

Aquí pueden ver la discusión y la adopción en el canal de televisión digital de la ONU.

Pulsen aquí para leer la resolución

Otras resoluciones relevantes

  • Libertad de religión o de creencias (liderada por Francia en nombre de la Unión Europea) - A/HRC/49/L.2
  • Lucha contra la intolerancia, los estereotipos negativos, la estigmatización, la discriminación, la incitación a la violencia y la violencia contra las personas por motivos de religión o de creencias (liderada por Pakistán en nombre de la Organización para la Cooperación Islámica –A/HRC/49/L.5
  • Fortalecimiento del Fondo Fiduciario de Contribuciones Voluntarias de Asistencia Técnica para Apoyar la Participación de los Países Menos Adelantados y los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo en la Labor del Consejo de Derechos Humanos (liderada por Barbados, Islas Marshall, Noruega, Países Bajos, Singapur, Suiza, Turquía) – A/HRC/49/L.3
  • Las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos (liderada por Azerbaiyán en nombre del Movimiento de Países No Alineados) - A/HRC/49/L.6
  • Los derechos culturales y la protección del patrimonio cultural (liderada por Chipre, Argentina, Etiopía, Grecia, Irak, Irlanda, Italia, Mali, Polonia, Serbia, Suiza) - A/HRC/49/L.8
  • Conmemoración del 35° aniversario de la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo (liderada por Azerbaiyán en nombre del Movimiento de Países No Alineados) - A/HRC/49/L.10
  • Prevención del genocidio (liderada por Armenia) - A/HRC/49/L.11
  • Renovación de mandatos de la Relatora Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo (A/HRC/49/L.14); el Relator Especial sobre libertad de religión o de creencias (A/HRC/49/L.2); y el Relator Especial sobre el derecho a la alimentación (A/HRC/49/L.22).
  • Derecho al trabajo (liderada por Egipto, Grecia, Indonesia, México, Rumania) - A/HRC/49/L.16
  • Derecho del pueblo palestino a la libre determinación (liderada por Pakistán en nombre de la Organización para la Cooperación Islámica, con excepción de Albania y Camerún) - A/HRC/49/L.17
  • Asentamientos israelíes en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y en el Golán sirio ocupado (liderada por Pakistán en nombre de la Organización para la Cooperación Islámica, con excepción de Albania y Camerún) - A/HRC/49/L.18
  • Derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (liderada por Austria, Eslovenia y México) – A/HRC/49/L.23/Rev.1
  • Consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales (liderada por Cuba) – A/HRC/49/L.24
  • Promoción del disfrute de los derechos culturales de todos y respeto de la diversidad cultural (liderada por Cuba) – A/HRC/49/L:25
  • El papel de los Estados en la lucha contra los efectos negativos de la desinformación en el disfrute y la efectividad de los derechos humanos (liderada por Ucrania, Estados Unidos, Japón, Letonia, Lituania, Polonia, Reino Unido) – A/HRC/49/L.31/Rev. 1

Mesas redondas relacionadas con derechos sexuales

Mesa redonda sobre cómo garantizar el acceso equitativo, asequible, oportuno y universal de todos los países a las vacunas en relación a la pandemia de COVID-19

En este panel se mencionó la necesidad urgente de garantizar un acceso equitativo y universal a las vacunas para enfrentar la epidemia de COVID-19. Una de las panelistas fue Gita Sen, coordinadora general de Mujeres por un Desarrollo Alternativo para una Nueva Era (DAWN) que subrayó la necesidad urgente de abordar la inequidad entre países del Sur y del Norte y al interior de los países, como factor fundamental que causa los problemas mundiales incluyendo el cambio climático y la pandemia. También llamó a poner fin al dominio de los derechos de propiedad intelectual por parte de las grandes compañías farmacéuticas cuya motivación es el lucro y que controlan el acceso a vacunas, pruebas de diagnóstico y tratamientos a expensas de vidas humanas. Por último, instó a que dejen de aplicarse las políticas de austeridad que apoya el FMI y que seriamente perjudican tanto los esfuerzos de recuperación como a los sistemas de salud.

Attiya Waris, Experta Independiente sobre la deuda externa y los derechos humanos, también se refirió a la urgencia por una mejor cooperación internacional que garantice acceso oportuno, asequible y justo a las vacunas, especialmente para los países de ingresos bajos y medios. Reiteró que los recursos financieros existentes deberían haberse empleado de formas más efectivas, más equitativas y rápidas, haciéndose eco de las demandas de la Campaign for a People’s Vaccine (Campaña por una Vacuna Popular).

Aquí pueden mirar el panel  en el canal de televisión digital de la ONU. Sobre este mismo tema pueden consultar la declaración conjunta de las Feministas en Campaña por una Vacuna Popular y la Red Internacional para Poner Fin a la Violencia contra Mujeres y Niñas, presentada durante el debate general sobre el Punto 8 de la agenda.

Intervenciones orales de la SRI

  • Intervención  durante el diálogo con la Experta Independiente sobre la deuda externa y los derechos humanos, en respuesta al informe en el que plantea el proyecto para su labor. Aquí podrán mirarlo con subtítulos en inglés y también pueden ver el diálogo completo en el canal de televisión digital de la ONU.
  • Intervención de la Federación por las Mujeres y la Planificación Familiar, que integra la SRI, durante el debate general sobre el punto 4 de la agenda. Aquí podrán mirarlo con subtítulos en inglés y también pueden ver el debate general en el canal de televisión digital de la ONU.

Intervenciones orales conjuntas

  • Declaración conjunta  de SRI y AWID para la mesa redonda sobre reunificación familiar en el contexto de la migración realizada durante la reunión anual de un día completo sobre los derechos de les niñes. Aquí podrán mirarla con subtítulos en inglés y también pueden ver el diálogo completo en el canal de televisión digital de la ONU.
  • Declaración conjunta con Women With Disabilities Development Foundation [Fundación para el Desarrollo de las Mujeres con Discapacidad], Bonhishikha e IWRAW Asia Pacific desde el consorcio Women Gaining Ground [Las mujeres ganan terreno] durante la mesa redonda sobre estadísticas y recolección de datos que formó parte del debate anual interactivo sobre los derechos de las personas con discapacidad. Aquí podrán mirarla con subtítulos en inglés y también pueden ver el diálogo completo  en el canal de televisión digital de la ONU.

  • Declaración conjunta  de SRI y NSWP durante el diálogo interactivo con el Relator Especial sobre vivienda, respondiendo a su informe sobre segregación espacial. Pueden mirar la declaración y el diálogo completo en el canal de televisión digital de la ONU. 
  • Declaración conjunt a sobre el acceso a las vacunas para enfrentar la epidemia de COVID-19 con Feministas de la Campaña por una Vacuna Popular y la Red Internacional para poner fin a la violencia contra mujeres y niñas, presentada durante el debate general sobre el punto 8 de la agenda. Aquí podrán mirarla con subtítulos en inglés y también ver el debate completo  en el canal de televisión digital de la ONU. 

  • La SRI adhirió a una declaración presentada por el Centro para los Derechos Reproductivos conmemorando el Día Internacional de las Mujeres en el Consejo
  • Adopción de EPU de Hungría: declaración conjunta  con PATENT Asociación de Personas que se oponen al patriarcado. Aquí pueden verla en el canal de televisión digital de la ONU.
  • Adopción del EPU de Tanzania: declaración conjunta  con el Southern Africa Litigation Centre [Centro de Litigio del Sur de África] y una persona anónima que defiende los derechos humanos en Tanzania. Aquí podrán mirarla con subtítulos en inglés y también pueden ver el diálogo completo  en el canal de televisión digital de la ONU.
  • Adopción del EPU de Papúa Nueva Guinea: declaración conjunta con Kaleidoscope Human Rights Foundation [Caleidoscopio Fundación para los Derechos Humanos]. Aquí podrán mirarla con subtítulos en inglés y también pueden ver el diálogo completo en el canal de televisión digital de la ONU.

  • Adopción del EPU de Samoa: declaración conjunta  con Caleidoscopio Fundación para los Derechos Humanos. Aquí podrán mirarla con subtítulos en inglés y también pueden ver el diálogo completo en el canal de televisión digital de la ONU.
  • Adopción del EPU de Tayikistán: declaración conjunta con une activista independiente del Asia Central. Aquí pueden verla [2]  en el canal de televisión digital de la ONU.
  • Adopción del EPU de Tayikistán: declaración conjunta con Y-PEER en Tayikistán (ONG “Hamsol ba hamsol”). Aquí pueden verla [2]  en el canal de televisión digital de la ONU.

  • Adopción del EPU de Esuatini: declaración conjunta with the African Sex Workers Alliance [Alianza de Trabajadoras y Trabajadores Sexuales de África]. Aquí pueden verla en el canal de televisión digital de la ONU.
  • Adopción del EPU de Tailandia: declaración conjunta  con Caleidoscopio Fundación para los Derechos Humanos. Aquí pueden verla  con subtítulos en inglés y también pueden mirar el diálogo completo en el canal de televisión digital de la ONU.

  • Adopción del EPU de Surinam: declaración conjunta  con el Grupo Asesor Juvenil de UNFPA Surinam. Aquí pueden verla con subtítulos en inglés y también pueden mirar el diálogo completo  en el canal de televisión digital de la ONU.
  • Adopción del EPU de Trinidad y Tobago: declaración conjunta con Trinidad and Tobago Youth Council [Consejo Juvenil], Trinidad and Tobago Youth Convention [Convención Juvenil], Crisis Hour Adventist Youth Society [Sociedad Juvenil Adventista Hora de Crisis] y la Asociación Cristiana de Mujeres Jóvenes de Trinidad y Tobago. Aquí pueden verla  en el canal de televisión digital de la ONU.

Evento paralelo de la SRI: Un balance de la educación sexual integral durante la pandemia de COVID-19

Si se perdieron este evento pueden acceder a la grabación, recursos, transcripción y tuits destacados de la SRI y del Pleasure Project [Proyecto Placer]:

La educación sexual integral (ESI) es un proceso de enseñanza y aprendizaje basado en el plan de estudios escolar acerca de los aspectos cognitivos, emocionales, físicos y sociales de la sexualidad. En los últimos dos años la pandemia de COVID-19 ha ejercido un impacto significativo sobre la educación en todos los países del mundo, desplazándola en buena medida al espacio virtual. Sin embargo pese al ‘pico de conectividad por COVID’, todavía 2.9 mil millones de personas nunca han usado Internet y 2.2 mil millones de personas menores de 25 años carecen de conexión a Internet en sus hogares. La brecha de género en cuanto al acceso a Internet es de alrededor del 17% y en los países menos desarrollados del mundo llega al 43%.  También es menos probable que las niñas y las mujeres dispongan de dispositivos propios para conectarse a Internet. Aun allí donde se habría podido continuar con la ESI en línea, la falta de apoyo institucional adecuado y las dificultades del personal docente para adaptar la enseñanza académica a las plataformas virtuales llevaron a que la ESI no fuera una prioridad convirtiéndose en algo que sería agradable proporcionar pero no un componente esencial de la educación de les jóvenes

En este contexto, las organizaciones que convocaron a este evento paralelo habilitaron una conversación con una variedad de actores comprometides con asegurar el acceso a la ESI, analizar su importancia así como el impacto de la pandemia de COVID-19 sobre ella y sobre aspectos de SDSR relacionados con ella, y compartir estrategias a futuro.

Lobna Darwish (EIPR) moderó el evento.

El panel estuvo integrado por:

  • Dr Tlaleng Mofokeng, Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el derecho a la salud
  • Julius Natangwe Nghifikwa, vicedirector, Unidad de Gestión en VIH y Sida, Ministerio de Educación, Artes y Cultura de Namibia
  • Anne Philpott, fundadora y co-directora de The Pleasure Project  [El Proyecto Placer]
  • Pahola Peñaranda Villarroel, responsable nacional de servicios educativos, CIES Salud Sexual – Salud Reproductiva
  • Maria Bakaroudis, especialista en ESI y punto focal sobre SDSR y personas jóvenes con discapacidad, Oficinal Regional del UNFPA para África Oriental y del Sur

Agradecemos a quienes auspiciaron el evento:

  • Misión permanente de Argentina
  • Misión permanente de México
  • Misión permanente de Namibia
  • Misión permanente de Sudáfrica
  • The Pleasure Project
  • CIES Salud Sexual - Salud Reproductiva
  • Asociación para los Derechos de las Mujeres y el Desarrollo (AWID)
  • Asian-Pacific Resource & Research Centre for Women (ARROW)
  • Centro de Derechos Reproductivos (CDR)
  • Federación Internacional de Planificación Familiar (IPPF)
  • Asociación Sueca por la Educación Sexual (RFSU)
  • Rutgers
  • UNFPA

SRI fue una de las auspiciantes del evento paralelo Centering their Voices: Accountability for Women and Girls in Humanitarian Situations [Sus voces en el centro: Rendición de cuentas para mujeres y niñas en situaciones humanitarias] organizado por el Centro de Derechos Reproductivos y también del evento paralelo Examining the Applicability and Implications of the Apartheid Framework to Israel’s Repressive Rule over the Palestinian People [Análisis de la aplicabilidad y consecuencias del marco de referencia del Apartheid a la dominación represiva de Israel sobre el pueblo palestino], organizado por el Cairo Institute of Human Rights Studies [Instituto de Estudios sobre Derechos Humanos de El Cairo].